viernes, 29 de abril de 2011


ARTICULO 8.INTERES SUPERIOR:es el imperativo que obliga a todas las personas
a garantizar la satisfacción integral y simultanea de todos los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes que son universales, prevalentes e interdependientes. esto nos resalta sobre las obligaciones que tiene las personas con los niños, niñas y adolescentes en este país y mas que una obligación es una responsabilidad de los padres o las personas que están bajo la custodia de estos menores de edad.

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